ORDENANZA N°1038/23
VISTO: El convenio firmado entre la Municipalidad de San Marcos Sierras y el Colegio de Arquitectos, Comisión directiva de la Regional N°6, Colegio de Ingenieros Civiles. Colegio de Maestro Mayores de Obra, Colegio de Técnicos Constructores Universitarios y la Caja de Previsión de Ingeniería y Arquitectura, de la Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO: Que existe en nuestro Municipio, confirme a la Base de datos municipal, gran cantidad de construcciones no registradas, el objeto del mencionado convenio es regularizar dicha situación
Que el presente convenio ofrece una reducción en las tasas municipales, una reducción del valor del registro de Obra por parte de los Colegios involucrados y planes de pagos accesibles de parte de la Caja de Previsión, para aquellos vecinos afectados al Plan de regularización de Obras Que este convenio aporta un gran beneficio tanto al Municipio como a los Vecinos:
Atento a ellos y en uso de las atribuciones que le son propias:
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARCOS SIERRAS RESUELVE:
ARTICULO 1«: Ratificar el convenio firmado entre la Municipalidad de San Marcos Sierras, Departamento Cruz del Eje, de la Provincia de Córdoba, con domicilio en la calle Vélez Sarsfield N° 1093, representada en este acto por el intendente Municipal César Armando Briguera, DNI: 16.994.170 y, por otra parte, el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba, con domicilio en calle Laprida N°40 de la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, representada en este acto por su Presidente. Arq. Diego Peralta y Presidente de la Comisión Directiva de la Regional N°6, Arq. Mariano Cardona, El colegio de Ingenieros Civiles de la Provincia de Córdoba con domicilio e calle Nicolás Avellaneda N 292 de la Ciudad de Córdoba, representado en este acto por la Sra. Presidenta Ing. Civil María Alejandra Deguer, el Colegio de Maestro Mayores de Obra con domicilio en calle Jujuy N° 423 de la Ciudad de Córdoba representado en este acto por el Sr. Presidente MMO Osvaldo Daniel Sturniolo, Colegio de Técnicos Constructores Universitarios de la Provincia de Córdoba con domicilio en calle General Lavalleja N° 838 de la Ciudad de Córdoba, representado p el Sr. Presidente Victor Carreras y la Caja de Previsión de la Ingeniería y Arquitecto de la Provincia de Córdoba Ley 8470, con domicilio en calle Figueroa Alcorta N° 261 de la ciudad de Córdoba, representada en este acto por el Sr. Presidente Arq. Horacio Roitvain; el que se adjunta en el Anexo I.
ARTICULO 2«: Cúmplase, comuniquese, publiquese y dese al D.E.M al Registro Municipal y Archivese. San Marcos Sierras 10 de mayo 2023
Jaya Vamila Stefany Tulian Paula Amalia
Secretaria del HCD Presidenta del HCD
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Marcos Sierras en Sesión Ordinaria de fecha 10/05/23 y Aprobada por cinco (5) votos positivos y un (1) voto en abstención.
CONVENIO REGULARIZACION DE CONSTRUCCIONES
En la localidad de La Cumbre, Provincia de Córdoba, a los 14 días del mes de abril de dos mil veintitrés, entre la Municipalidad de San Marcos Sierra, Departamento Punilla. de la Provincia de Córdoba, con domicilio en calle Vélez Sarsfield N° 1093 representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Cesar Armando Briguera. DNI: 16994170 por una parte y por otra, el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Córdoba, con domicilio en calle Laprida N° 40 de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, representada en este acto por su Sr. Presidente. Arq. Diego Peralta y el Presidente de la Comisión Directiva de la Regional N° 6. Arq. Mariano Cardona; el Colegio de Ingenieros Civiles de la Provincia de Córdoba con domicilio en calle Nicolás Avellaneda N° 292 de la Ciudad de Córdoba, representado en este acto por la Sra. Presidenta Inga. Civil María Alejandra Deguer, el Colegio de Maestros Mayores de Obra de la Provincia de Córdoba, con domicilio en calle Jujuy N°423 de la Ciudad de Córdoba, representado en este acto por el Sr. Presidente M.M.O. Osvaldo Daniel Sturniolo; el Colegio de Técnicos Constructores Universitarios de la Provincia de Córdoba con domicilio en calle Gral. Lavalleja N°838 de la Ciudad de Córdoba, representado en este acto por el Sr. Presidente Victor Carreras y la Caja de Previsión de la ingenieria y Arquitectura de la Provincia de Córdoba Ley 8470. con domicilio en calle Figueroa Alcorta N° 261de la Ciudad de Córdoba, representada en este acto por el Sr. Presidente Arq. Horacio Roitvain. Ante la situación existente en los Municipios de las localidades de la Provincia de Córdoba, en la que conforme a sus registros existen una gran cantidad de construcciones no registradas, siéndoles de interés regularizar tal problemática, las partes formalizan el presente convenio que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: La Municipalidad de San Marcos Sierra formalizará un plan de regularización de obras para lo cual, en virtud del Poder de Policía que ostenta, solicitará para la regularización: a) planos de medición de obra (o relevamiento) debidamente registrado por alguno de los Colegios firmantes del Convenio. b) la Declaración Jurada del propietario y profesional de la antigüedad de la construcción, no menor a 5 años. c) Reducción de las tasas Municipales Comunales minimo 50% vigentes a la fecha de presentación (observación: esto deberá ser aprobado por el Concejo Deliberante). d) En el caso que el Municipio ya este aplicando una reducción la misma se tomará a cuenta de lo indicado en el punto anterior.
SEGUNDA: Los Colegios requerirán para el trámite de registro: a) Contrato de Locación de Obra u Orden de Trabajo, debidamente suscripto por el Profesional y el o los propietarios; b) Los planos de medición de obra (o relevamiento) debidamente suscriptos por el profesional y el o los comitentes; c) Boletas de depósito de Caja de Previsión Ley 8470. sobre valor de obra que corresponda.
TERCERA: Aporte de los colegios. Reducción del valor del registro de obra diferenciado de las escalas vigentes en un 50%, a partir de un mínimo del 20% para obras de menos de 100 m2 cubiertos.
CUARTA: Caja Ley N° 8470. La Caja de Previsión se compromete a facilitar planes de pago para las obras incluidas por medio del presente convenio.
QUINTA: Plazos. El presente convenio podrá llevarse a cabo a partir del 1 de mayo de 2023 al 31 de diciembre de 2023. (observación: esto dependerá de fecha de aprobación por el Concejo Deliberante).
SEXTA: El presente convenio se podrá ampliar entre el municipio, los Colegios y la Caja en diferentes actividades que beneficiarán a las entidades (inspecciones, controles, finales de obra, etc.)
SÉPTIMA: Las autoridades de las regionales de cada Colegio podrán gestionar y firmar el presente convenio con Municipios/Comunas, y a los fines de la entrada en vigencia del mismo, deberán ser rubricados por los presidentes de ámbito provincial.
Los abajo firmantes acordamos con el modelo de convenio aquí presentado, a los 14 dias del mes de abril 2023.
Arq. MARIANG CARDONA CESAR A BRIGUERA
Presidente Intendente
Regional 6 – Colegio de Arquitectos Municipalidad de San Marcos Sierras
De La Provincia de Córdoba

