VISTO: La necesidad de legislar en forma conjunta sobre el incremento de la población de caninos sueltos en la vía publica, la tenencia responsable de los mismos y de aquellos animales potencialmente peligrosos. Y que tal situación ha alcanzado un nivel de complejidad que requiere su inmediata solución dado el desconocimiento tanto del propietario como del estado sanitario. Las inquietudes elevadas por el grupo de vecinos que en su conjunto contribuyen a la protección animal en relación a esta problemática, es necesario de que el Concejo Deliberante faculte al Sr. Intendente Cesar Armando Briguera a la suscripción de convenios con los veterinarios Luciano Vrancic D.N.I: 20.956.772 MP.1813 y Romina Miotti D.N.I: 32.105.355 MP.3565 y/o con cualquier veterinario Matriculado.
Y CONSIDERANDO: Que el número de animales domésticos detectados en la jurisdicción y la problemática que esto conlleva para personas y bienes (en relación con la estancia, tenencia, guardia y custodia) demanda la unificación y ampliación de las normativas.
Que esta norma debe ser aplicable a la tenencia de animales, preservando en primer lugar la Salud Pública, así como la higiene y la seguridad de personas y bienes y garantizando la protección debida a los animales en cuestión, que se han producidos quejas reiteradas y justificadas de los vecinos, en especial referencia a las molestias y daños ocasionados por perros vagabundos (perros que circulan por la vía publica y que, aun teniendo dueño. no son vigilados o mantenidos a resguardo). Que en muchos casos se hace imposible la identificación de los propietarios de los animales que se encuentran en la via publica, impidiendo de esta manera la toma de una correcta resolución acerca de la mascota en cuestión; Que la presencia de animales domésticos en la via publica, han causado molestias diversas a los vecinos que van dese la rotura de bolsas de residuos hasta la participación en accidentes que atentan contra la seguridad de las personas; Que las campañas de castración, deben realizarse en forma accesible, masiva, gratuita y sistemática, para controlar y evitar la reproducción indiscriminada de perros y gatos.
Que en virtud de la solicitud efectuada por la Protectora de animales «El Barbucho», San Marcos Sierras, entendiendo que es interés y salubridad pública, que redunda en el beneficio de todos los vecinos, que contribuyen al bienestar general de todos los vecinos de San Marcos Sierras.
Que dicha politica pública, que vincula instituciones y profesionales destacados locales, y en virtud de esta inquietud, es necesidad implementar políticas efectivas y reales, es que surge la necesidad de que se suscriban convenios entre la Municipalidad de San Marcos Sierras y los veterinarios para la realización de una castración mensual de 100 perros.
ORDENANZA Nº1013/2022
ARTICULO 1º: Autoricese al Sr. Intendente Municipal Cesar Armando Briguera a la suscripción de los convenios con los veterinarios Luciano Vrancic D.N.Ι:20.956.772 MP.1813 y Romina Miotti D.N.I: 32.105.335 MP.3565.
ARTICULO 2º: Los fondos de dicho plazo fijo proveerán el financiamiento de la castración mensual de 100 perros.
ARTICULO 3º: Protocolícese, Publiquese, Dese al registro Municipal, Archivese.
Jaya Vamila Stefany Tulian Paula Amalia
Secretaria del HCD Presidenta del HCD
Dada en la Sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Marcos Sierras en Sesión Ordinaria de fecha 06/06/2022 y Aprobada por Unanimidad.

