ORDENANZA N° 1063/2024
VISTO: Que no encontramos ante una nueva gestión administrativa a partir del diez de diciembre del 2023.
Y CONSIDERANDO: Que, ante este cambio de gestión, es necesario fijar el monto de las siguientes asignaciones: ASIGNACION POR MATRIMONIO, ASIGNACION POR NACIMIENTO, ASIGNACION POR ADOPCION, ASIGNACION POR HIJO, ASIGNACION POR AYUDA ESCOLAR PREVISTA Y ASIGNACION POR HIJO CON DISCAPACIDAD.
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de San Marcos Sierras sanciona con fuerza de
ORDENANZA N° 1063/2024
Artículo 1º: Fijar el monto de la ASIGNACION POR MATRIMONIO prevista en el artículo 8° de la Ordenanza 162/97 en la suma de pesos dieciséis mil ochocientos treinta. ($16.830).
Artículo 2º: Fijar en el monto de la ASIGNACION POR NACIMIENTO prevista en el artículo 24° de la Ordenanza 162/97 en la suma de pesos trece mil cuatrocientos sesenta y cuatro. ($13.464)
Artículo 3º: Fijar el monto de la ASIGNACION POR ADOPCION prevista en el artículo 28° de la Ordenanza 162/97 en la suma de pesos treinta y nueve mil doscientos setenta ($39.270).
Artículo 4º: Fijar el monto de la ASIGNACION POR HIJO prevista en el artículo 39° de la Ordenanza 162/97 en la suma de pesos cinco mil seiscientos diez ($5610)
Artículo 5º: Fijar el monto de la ASIGNACION POR AYUDA ESCOLAR prevista en el artículo 60° de la Ordenanza 162/97 en la suma de pesos ocho mil novecientos setenta y seis ($8.976).
Artículo 6º: Fijar el monto de la ASIGNACION POR HIJO CON DISCAPACIDAD prevista en la Ordenanza 162/97 en la suma de pesos veintidós mil cuatrocientos cuarenta ($22.440).
Artículo 7º: COMUNÍQUESE, Publíquese, Dése al Registro Municipal y Archívese.
Dada en sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Marcos Sierras, en sesión extraordinaria, de fecha 31 de Enero de 2024 y aprobada por unanimidad.

