Boletín Oficial – San Marcos Sierras

Decreto N° 3536/2025

DECRETO 3536/2025

VISTO:   

Que el Honorable Concejo Deliberante de San Marcos Sierras aprobó la Ordenanza N° 1109/25 mediante la cual de manera antijuridica se arroga atribuciones que no le son propias y ordena “Cumpliméntese el acuerdo celebrado el 15 de octubre de 2024” y seguidamente en su articulo siguiente ordena “AJUSTESE el básico del octubre de 2024 y hasta que se haga efectivo su pago”.

Que la Municipalidad de San Marcos Sierras a través de su Departamento Ejecutivo ha celebrado Acuerdos Paritarios con una organización gremial en el marco del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Córdoba y que el HCD no tiene facultades ni atribuciones para representar al Municipio ante dicho ámbito y mucho menos para inmiscuirse en la negociación salarial.

Que es llamativo que los concejales que presentan y aprueban la ordenanza representan al espacio político que desestimó el estatuto del trabajador municipal, precarizo las contrataciones, abandonó las recategorizaciones del escalafón, y no acompaño con aumentos los índices inflacionarios dejando caer los salarios a valores ínfimos los cuales va a costar tiempo recomponer.

Y mucho más llama la atención que el HCD desconozca lo enormes esfuerzos que realiza esta gestión para mejorar los salarios del personal y ordenar las cuentas públicas.

Que también llama poderosamente la atención que el gremio en cuestión que hace gala de “no meterse en política” desconozca el ámbito del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Córdoba en las negociaciones salariales, lo que será debidamente denunciado ante dicho organismo provincial.

Y CONSIDERANDO:

Que la Ley 8102 en su Artículo 34º y 49 inciso 2, establece la facultad del Deparamento Ejecutivo a “Ejercer el derecho de veto y de promulgación parcial, en el caso previsto por el Art. 34”.

EL INTENDENTE MUNICIPAL

En uso de facultades que le son propias

DECRETA

ARTÍCULO 1: VETAR DE MANERA TOTAL la Ordenanza N° Ordenanza N° 1109/25 dictada por el Honorable Concejo Deliberante por excederse en las facultades y atribuciones que la ley 8102 le otorga, razón por la cual es falaz, ilegal y antijuridica.

ARTÍCULO 2: COMUNIQUESE, dese al Registro Municipal y ARCHIVESE.

SAN MARCOS SIERRAS, 13 DE JUNIO DE 2025.