VISTO:
El pedido realizado por el Sr. Héctor Eduardo Tangherlini en referencia a la posibilidad de colocar cerramientos plásticos a la pérgola de su comercio.
Y CONSIDERANDO:
Que dicho comercio se desarrolla en un inmueble con poca capacidad para la ubicación de mesas para clientes, por lo que la posibilidad de colocar mesas para clientes se restringe casi exclusivamente al espacio otorgado en la vereda ubicada en el frente del comercio.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE SAN MARCOS SIEERAS SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA N° 1081/2024
ORNENANZA 1081/2024
Artículo 1°: Modifíquese el Art. 3 de la Ord. 976/2021, en su parte referida a «Salientes de fachadas Ver anexo 9» agregándose el siguiente texto: «Todo comercio gastronómico ubicado frente a la plaza Cacique Tulián con un espacio cubierto para la colocación de mesas menor a 20m2 (veinte metros cuadrados), a la colocación de cerramientos removibles en los lados de las pérgolas instaladas en sus frentes. Los cerramientos anteriormente mencionados deberán ser plegados y/o removidos en los horarios en que el comercio se encuentre cerrado para la atención al público. Estos cerramientos deberán ser transparentes, de manera tal que se pueda ver con claridad y nitidez, desde el interior hacia afuera y viceversa.
Artículo 2°: Protocolícese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.
Dada en Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Marcos Sierras, de fecha 03 de julio de 2024 y aprobada por unanimidad.
