VISTO: En el marco del PROGRAMA PROVINCIAL VIVIENDA SEMILLA, surge la necesidad de demarcar tres lotes a los fines de otorgar a vecinos beneficiarios de dicho programa, de esta localidad,
Y CONSIDERANDO: Que el municipio dispone un lote baldío en el barrio denominado «10 viviendas»
Que el estado municipal posee un espacio disponible, y que a instancias del Ing. Cristian Marcelo Baldissone-M.P 5028, en plano de mensura (que se adjunta) se obtienen tres lotes de 325.00 mts2, ubicados entre calle Pasaje Publico, Calle Pasaje Publico, calle Los Mistoles y calle Reina Mora (hoy sin abrir) pero que queda contemplada en dicha ordenanza de UTILIDAD PUBLICA. Que conforme al asesoramiento de los profesionales de obras públicas y jurídico que se ha brindado a este D.E.M la situación actual es idónea para realizar y llevar a cabo el PROGRAMA PROVINCIAL DE VIVIENDA SEMILLAS, redundando en beneficio para vecinos de esta ciudad. Que, no afectando a terceros, es totalmente valido al afectar al Dominio Público Municipal los tres lotes ubicados en el barrio denominado «10 viviendas».
Que, ante este cuadro de situación, y en mérito a la innegable necesidad urbanistica de proceder a llevar a cabo la afectación a la utilidad pública estos tres lotes que se desprenden de la mensura realizada por el Ing. Cristian Marcelo Baldissone – M.P 5028. Que de esta manera entendemos que damos una solución a vecinos de nuestra ciudad en el marco del PROGRAMA PROVINCIAL VIVIENDA SEMILLA.
por todo ello que….
EI HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARCOS SIERRAS SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA 1016/2022
Art. 1º) AFÉCTASE al Dominio Público Municipal tres lotes de 325 mts2, ubicados entre calle Pasaje Publico, Calle Pasaje Publico, calle Los Mistoles y calle Reina Mora (hoy sin abrir), a los fines de ser afectado al PROGRAMA PROVINCIAL VIVIENDA SEMILLA.
Art. 2º) AGRÉGUESE como parte integral de esta ordenanza el plano de mensura realizado por el Ing. Cristian Marcelo Baldissone M.P 5028. A los únicos fines de cumplimentar PROGRAMA PROVINCIAL VIVIENDA SEMILLA.
Art. 3″) ELÉVESE copia de la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal para su conocimiento.
Art. 4) COMUNIQUESE, Publiquese. Dése al Registro Municipal y Archivese, San Marcos Sierras 04 de julio 2022
Jaya Vamila Stefany Tulian Paula Amalia
Secretaria del HCD Presidenta del HCD
Dada en la sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Marcos Sierras, en Sesión Ordinaria de fecha 04/07/2022 aprobada por unanimidad.

