Boletín Oficial – San Marcos Sierras

Ordenanza N° 1010/2022

VISTO: La necesidad imperiosa de velar por el desarrollo óptimo de nuestros sucesores, de reconocer a la infancia como una de las etapas fundacionales de los seres humanos, siendo también la base de la construcción de las sociedades.

Que a causa de la pandemia por la enfermedad de coronavirus COVID19 la educación ha sido afectada, ya que no todos los estudiantes han tenido el mismo nivel de acceso a los contenidos educativos.

Que la educación es un derecho y el estado es quien debe garantizar el acceso y buena calidad al mismo.

Que no todos los estudiantes cuentan con la cobertura de una obra social ni de recursos económicos suficientes para cubrir el acompañamiento de sus procesos educativos con profesionales.

CONSIDERANDO: Que es indispensable pugnar por una niñez y adolescencia libre, educada en valores capaz de sostener una sociedad abarrotada de problemáticas.

Que es imprescindible destinar esfuerzos para brindar a los niños de nuestro pueblo, el mejor entorno para su desarrollo.

Que es necesario brindar las herramientas adecuadas para superar barreras de aprendizajes dando así las mismas oportunidades al conocimiento.

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE SAN MARCOS SIERRAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA N°1010/2022.

Articulo 1°: Apruébese la creación del equipo interdisciplinario para la educación en la localidad de San Marcos Sierras.

Articulo 2º: Integrarán este equipo interdisciplinario:

Licenciados en Psicopedagogía.

Licenciados en Psicología.

Profesora de Educación Especial.

Fonoaudiologia.

En caso de ser necesario, fuera de la ordenanza, contratar profesionales de la localidad.

Articulo 3º: Serán objetivos de este equipo:

Objetivos generales:

A. Atender a las necesidades educativas de los estudiantes asistentes a los centros educativos de nuestro pueblo de nivel inicial y primario.

B. Crear proyectos que prevengan, asistan, contemplen las diferentes problemáticas que suceden en nuestra sociedad, en relación a la niñez y adolescencia.

C. Llevar a cabo un trabajo en equipo con los centros educativos de San Marcos Sierras de nivel inicial y primario para atender, asistir, acompañar el desarrollo óptimo de la niñez de nuestra localidad.

Objetivos especificos:

a. Brindar atención profesional psicopedagógica a estudiantes que presenten alguna problemática que interfiera en su proceso de aprendizaje.

b. Otorgar atención psicológica y fonoaudiológica a niños y adolescentes que requieran de dicha atención.

c. Elaborar proyectos relacionados con el desarrollo saludable de nuestra niñez y adolescencia.

d. Mantener un trabajo en equipo entre gabinete y área de acción social.

e. Brindar apoyo escolar a los alumnos que requieran de un espacio personalizado para reforzar sus aprendizajes.

f. Colaborar con las docentes en la elección de metodologías, contenidos, técnicas a utilizar con los alumnos en cuestión.

Articulo 4º: Metodología de trabajo: El gabinete interdisciplinario estará prestando sus servicios a los estudiantes de los centros educativos de San Marcos Sierras, que requieran de atención profesional. La atención de los profesionales será destinada a la siguiente población:

Nivel Inicial.

Nivel primario.

La Institución educativa será la encargada de evaluar la situación del alumno antes de realizar la derivación pertinente.

Articulo 5°: serán funciones del equipo interdisciplinario:

Tratamiento psicopedagógico, psicológico o fonoaudiológico si luego de una valoración de equipo se considera necesario.

Acompañamiento y asesoramiento pedagógico a los agentes escolares.

Reuniones de equipo.

Reuniones con docentes.

Reuniones interdisciplinares.

Realizar relevamientos en las Instituciones escolares de manera tal que se conozcan cuáles son las problemáticas más recurrentes, para crear posibles proyectos.

Articulo 6º: El equipo interdisciplinario desarrollará sus actividades en los centros educativos y en el Centro de Salud Municipal, (caso puntual, se utilizará «Casa de Cultura»)

Articulo 7°: El sustento económico será atendido con fondos municipales.

Artículo 8º: Consensuar con el equipo para llegar a un dialogo con la familia.

Articulo 9°: Comuníquese, Publiquese, Dese al Registro Municipal y Archivese. –

Jaya Vamila Stefany                                                                            Tulian Paula Amalia
Secretaria del HCD                                                                              Presidenta del HCD

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Marcos Sierras, en Sesión Ordinaria de fecha 13 de Abril 2022 y Aprobada por unanimidad.